¿ Cómo establecerse ?
Reglas y Disposiciones Generales
De acuerdo con el decreto -Ley 18 de 1948, a las Sociedades que operan en la Zona Libre de Colón no se les exige Licencia Comercial ni capital mínimo de inversión, pero deben cumplir con las siguientes reglas:
Se requiere las siguientes pruebas documentadas:
- Pacto Social
- Referencias bancarias y comerciales.
- Emplear un mínimo de (5) cinco trabajadores locales.
- Reexportar un mínimo del 60% de la mercancía importada.
- Pagar el alquiler dentro de los primeros 5 días de cada mes.
- Reportar el movimiento comercial de toda la mercancía que entra y sale de la Zona Libre, en formularios apropiados, al momento de efectuar operaciones